Docentes y más

No lo sabía, pero resulta que hoy, 5 de octubre es el Día Mundial del Profesorado. Aprovecho la ocasión para difundir un documento elaborado por Marea Verde cuyo contenido comparto íntegramente.

EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y LA LIBERTAD

   La Educación Pública es la única que garantiza la equidad y la cohesión social. Necesitamos un Sistema Público de Educación, de titularidad y gestión pública, como eje vertebrador y fundamental del sistema educativo. La educación es un derecho universal que, según los tratados internacionales de la ONU y la UNESCO y la propia Constitución Española, debe ser garantizado mediante un servicio público que permita ejercerlo en condiciones de igualdad, sin ningún tipo de discriminación de origen social o cultural, o por razones de creencias, de sexo, de orientación sexual o cualesquiera otras características de índole personal.  

   Estos días se está hablando mucho de una pretendida “libertad de elección de centro escolar”. Realmente, tras ese término se esconde una preferencia de selección escolar. Es cierto. Algunas familias muestran una cierta predilección por los centros concertados a la hora de escolarizar a sus hijos e hijas frente a la opción de los centros públicos, y eso a pesar de que estos últimos presentan condiciones objetivas más favorables para la educación de calidad (por ejemplo, contando con aulas menos masificadas o con profesorado seleccionado en pruebas objetivas que respetan igualdad, mérito y capacidad). Podríamos pensar que los centros concertados pueden ofrecer una mayor calidad en la educación académica, pero los datos lo desmienten. Tampoco los resultados respaldan una hipotética mejor formación en comportamientos sociales en los centros concertados con respecto a los centros públicos. Por otro lado, el factor religioso (católico) tiene una cierta relevancia, aunque no es determinante en último extremo, para la elección de centro.

Lo que sí respalda la evidencia estadística, es la creencia de los padres y las madres en que los ‘contactos’ sociales y los compañeros y las compañeras de aula pueden influir en los resultados educativos y en el futuro sociolaboral de sus hijos e hijas, motivo por el cual suelen preferir centros concertados. Es decir, las características socioeconómicas medias del alumnado y de sus familias parecen proporcionarles más ventajas en las relaciones futuras. Lo cierto es que detrás de muchas invocaciones a la “libertad” de elección de centro lo que se esconde es el rechazo a la mezcla social, a educar a los hijos e hijas con los que no son de la misma clase.

Los estudios especializados así lo demuestran. Una reciente investigación en sociología de la educación, de la UAM (Rogero y Andrés, 2016), confirma que “la libertad de elección de centro no existe, es un término falaz para justificar un sistema que segrega al alumnado y que sirve a las clases medias y altas para alejarse de los alumnos extranjeros y de las clases bajas”. El informe de la OCDE denominado “Equidad y calidad de la educación. Apoyo a estudiantes y escuelas en desventaja”, indica claramente que “proporcionar plena libertad de elección de escuela a los padres puede dar por resultado la segregación y generar mayores desigualdades”.

En definitiva, el sistema de “elección de centro” se basa en la lógica individualista de la “ética del más fuerte” y no en la lógica igualitaria de la pluralidad y la convivencia. Así entendida, la libertad de elección es un privilegio y no un derecho.

La Constitución no ampara los conciertos. La libertad de enseñanza reconocida por la Constitución Española (Artículo 27) se concreta en la posibilidad de creación de centros privados, con arreglo a una normativa estatal, para el reconocimiento y homologación de sus actuaciones. Pero en modo alguno se contempla en nuestra Constitución, la posibilidad de que las familias deban recibir una ayuda pública para elegir entre ambas redes, pública y privada, ni que ésta última deba ser financiada con fondos públicos.

El texto constitucional no indica que el Estado esté obligado a otorgar gratuidad a la educación en centros privados por el simple hecho de que las familias elijan un centro distinto del creado por los poderes públicos.

Así lo dejó asentado el T. C. en la sentencia 86/1985, de 10 de julio: “…siendo del todo claro que el derecho a la educación no comprende el derecho a la gratuidad educativa en cualesquiera centros privados, porque los recursos públicos no han de acudir, incondicionadamente, allá donde vayan las preferencias individuales.”

La educación concertada de España es una anomalía en la UE. La media de centros privados financiados públicamente alcanza el 32,7%, en el país, en todos los demás países, la educación es fundamentalmente pública (89,2% en primaria y un 83% en secundaria en la UE-28, frente a un 67,3% de España).

Hay otra realidad incuestionable, la educación concertada segrega: La doble red de centros, se ha convertido en estos años en garantía de desigualdad. El 82% del alumnado inmigrante, de minorías y con necesidades educativas específicas está escolarizado en la escuela pública . Por tanto, no cabe hablar de calidad de la enseñanza, sino de calidad social de la clientela. Con ello nos encontramos ante un círculo vicioso de segregación social que, de continuar, aboca a una importante merma de la equidad y la cohesión social.

El sistema de conciertos educativos se planteó como una medida transitoria, como complemento a una red pública, ante la insuficiencia de centros públicos que existían en España a principios de los años 80, cuando el derecho a la Educación se hizo universal. Sin embargo, hoy es muy factible la desaparición paulatina y no traumática de los conciertos educativos. Como ya se ha hecho de manera puntual en varias comunidades autónomas. Sin perjuicio económico para las instituciones, y con la integración laboral del profesorado.

Estamos ante la disyuntiva entre dos proyectos ideológicos, sociales y políticos a nivel mundial. Dos formas radicalmente diferentes de entender el ser humano, las relaciones económico-sociales y la educación.

El primero, asienta sus raíces en un modelo económico y social  basado en el egoísmo competitivo. Para esta ideología el interés colectivo no tiene por qué ser la finalidad de la política educativa. Aboga por un mundo de competición descarnada, donde el mercado regule quién sobrevive en esta lucha permanente y desaparezcan los mecanismos de protección del bien común.

Existe otro modelo que considera que la finalidad de la educación es conseguir el amor y el gusto por el saber, el desarrollo moral y la formación de ciudadanía crítica y comprometida con la mejora de la sociedad en la que viven. Busca la mejora de todas las escuelas públicas y hacerlas aceptables a las familias, en vez de incitarlas a elegir y competir, ya que no solo es menos costoso, sino que preserva los fines sociales de la educación. Este el el nuestro.

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